por Redacción
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publicado
22/11/2017
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Última modificación
21/09/2018 12:07
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archivado en:
Hacienda
Se recuerda a todos los contribuyentes de Arroyomolinos que una vez finalice el mismo, los recargos del período ejecutivo se devengan con el inicio de dicho período, de acuerdo con lo establecido en el artículo 161 de la Ley General tributaria 58/2003, de 17 de diciembre.
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